Se establece un procedimiento simplificado a los fines que las instituciones religiosas, sus entidades dependientes y otros Cultos, obtengan el certificado de exención en el impuesto a las ganancias (Res Gral 2681)
Certificado de exención. Validez: 2 años
Vigencia: 06/09/2019
Aplicatoriedad. Solicitudes: a partir del 06/09/2018