Se dispone la aprobación del sistema informático "Domicilio Fiscal Electrónico Federal” del “Portal Federal Tributario” para su utilización y exclusiva administración por cada una de las jurisdicciones para realizar comunicaciones y respuestas de los contribuyentes y responsables del Convenio Multilateral, y otros sujetos obligados Locales de las propias jurisdicciones (Res Grales 7/2025 y 10/2025)
💰 Gravamen: Impuesto Sobre los Ingresos Brutos
💻 Sistema: Portal Federal Tributario (CACM)
🚶♀️ Sujetos: bajo el régimen del Convenio Multilateral y Locales
📫 Notificaciones y comunicaciones: Domicilio Fiscal Electrónico Federal (DFEF)
📧 Correo electrónico: de cortesía (sin valor legal)
👮♀️ Obligatoriedad: a reglamentar por cada jurisdicción
🚶♀️ Usuarios Particulares: acceso
🏛 Usuarios Jurisdiccionales: acceso y funcionalidades
✅ Documentos y las notificaciones: validez
🔎 Tipos de comunicaciones
👉 Notificaciones/Intimaciones
👉 Avisos
👉 Otras comunicaciones
📆 Lectura de las comunicaciones. Plazos. Efectos
1️⃣ Día de acceso al Domicilio Fiscal Electrónico Federal.
2️⃣ Día martes o viernes inmediato posterior a la fecha en que la comunicación se encontrará disponible (excepto apertura previa)
🤫 Secreto de las comunicaciones: inaccesibilidad funcionarios o personal CACA o tercero (excepto particularidades)
IMPLEMENTACIÓN
🔎 Por etapas: según cada jurisdicción
📆 Vigencia: facultad delegada presidente CACM
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