Se dispone el tratamiento para cualquier mes en la temporalidad entre el pago de los haberes y el sueldo complementario a cargo del estado del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” a causa del “Coronavirus COVID-19”  (Ley 27.541, Dec 260/2020Dec 297/2020 y compl. y Res 408/2020)

👷‍♂️ Salario complementario. Mes: todos (ant acotado a abril 2020)
📌 Haberes mensual pago total o parcial
📌 Asignación Art 223 bis LCT
💲 Pago + Salario complementario= mayor mismo mes: 📆 imputación excedente mes siguiente

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