[dropcap]S[/dropcap]e prorroga el tope de precios en el  mercado minorista de bienes  y se disponen nuevas obligaciones en el marco de las medidas extraordinarias dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19”  (Ley 27.541 y Dec 260/2020, 100/2020 y modif)

🍱 PRODUCTOS DE CONSUMO MASIVO A CONSUMIDOR FINAL 🍱
🛒 Sujetos:
hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, mini mercados minoristas y/o supermercados mayoristas.
💲 Precios máximos: valores al 6/03/2020 y subas posteriores autorizadas
📅 Vigencia: al 31/03/2021 (ant 31/01/2021)

🏭 Sujetos: Cadena de producción, distribución y comercialización
📈 Producción. Intimación: al máximo de su capacidad

📅 Vigencia normativa: 01/02/2021

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