💰 Gravamen: Impuesto al Valor Agregado (IVA)
📍 Régimen: «IVA Simple» DDJJ proforma
✅ Nuevo: Form 2051 (único)
❌ Sustituye: Forms 731, 810,2002 y 2082
🔎 Módulos: Registración, Determinación y Saldo a ingresar
👉 Cambios a partir de mayo 2025
👉 Objetivo del nuevo
👉 Cambios en la carga de información
👉 Cambios en la liquidación del impuesto
👉 Vigencias y Fechas claves
👉 Notas importantes
💻 Paso a paso nuevo servicio web (pantallas)
📺 Conferencia ARCA-FACPCE
Cambios a partir de mayo 2025 “IVA Simple”:
- Apertura por actividad del contribuyente. Se podrá importar a través de archivo CSV que va a poner a disposición ARCA. Va a ser una apertura por totales.
Objetivo del nuevo “IVA SIMPLE”
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Unificar en un solo formulario web (F. 2051) la presentación de las declaraciones juradas del impuesto al valor agregado (IVA).
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Integrar el Libro de IVA Digital dentro de la declaración jurada.
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Disminuir la carga manual y la duplicación de datos.
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Avanzar hacia una declaración precargada, digital y simplificada.
CAMBIOS EN LA CARGA DE INFORMACIÓN
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Formulario único F. 2051 reemplaza a:
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F. 731 (exportadores y promovidos – SIAP),
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F. 810 (agropecuarios – SIAP),
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F. 2002 (web general),
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F. 2082 “IVA Listo” (eliminado por baja utilización).
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Carga modular:
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Módulo de Registración Electrónica de Operaciones:
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Se ingresan comprobantes de ventas, compras y ajustes. Nuevo: en ajustes se agrega información sobre Restitución de débito y crédito fiscal.
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AFIP previsualiza comprobantes emitidos y recibidos.
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El contribuyente puede importar archivos (.csv) o completar manualmente.
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Nuevo: Se exige apertura por actividad y tipo de operación (alícuota, consumidor final, etc.).
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Libro de IVA Digital incorporado al aplicativo:
- El módulo de registración es obligatorio aun si se sigue declarando por el F. 2002, F. 731 o F. 810 durante la transición.
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Debe finalizarse y validarse (“Finalizar y continuar”) para que se tome como presentado.
CAMBIOS EN LA LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO
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Débito y crédito fiscal:
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Se determinan automáticamente a partir del módulo de registración.
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Se obliga a la apertura e importación de las ventas por actividad, tipo de venta (a quién le vendió) y la alícuota. Sí la distribución de las ventas no coincide con el débito fiscal, el servicio va a mostrar en rojo esos números. Deberán corregirse hasta que los muestre en verde.
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Saldos técnicos y a favor:
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Se importan automáticamente desde el sistema de cuentas tributarias.
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Contempla situaciones de reorganizaciones o cambios de CUIT.
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Posibilidad de incorporar manualmente compensaciones y traslados.
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Retenciones y percepciones:
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Se cargan desde “Mis Retenciones”.
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Posibilidad de modificar, eliminar o importar desde archivo externo.
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Vista previa y resumen descargable:
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Antes de confirmar, se puede visualizar un resumen integral del F. 2051.
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Útil si luego se decide presentar el F. 2002 manualmente.
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VIGENCIA Y FECHAS CLAVE
Período | Estado del nuevo sistema |
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Mayo a Octubre 2025 | Periodo optativo: Se puede usar el F. 2051 o los formularios anteriores (excepto IVA Listo). |
A partir de Noviembre 2025 | Obligatorio uso del F. 2051. |
Libro de IVA Digital | Desde mayo 2025, su estructura cambia (apertura por actividad) y se accede desde un único Portal de IVA. |
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Se adapta al perfil del contribuyente: el formulario oculta o muestra secciones según las actividades (exportadores, agro, etc.).
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Se están desarrollando importaciones automáticas futuras: tickets, controladores fiscales, extractos bancarios, despachos de importación, etc.
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Se pueden presentar rectificativas con cualquiera de los métodos disponibles mientras dure el periodo de transición.