💰 Gravamen: Impuesto al Valor Agregado (IVA)
📍 Régimen: «IVA Simple» DDJJ proforma
Nuevo: Form 2051 (único) 
Sustituye: Forms 731, 810,2002 y 2082
🔎 Módulos: Registración, Determinación y Saldo a ingresar
👉 Cambios a partir de mayo 2025
👉 Objetivo del nuevo
👉 Cambios en la carga de información
👉 Cambios en la liquidación del impuesto
👉 Vigencias y Fechas claves
👉 Notas importantes
💻 Paso a paso nuevo servicio web (pantallas)
📺 Conferencia ARCA-FACPCE

Cambios a partir de mayo 2025 “IVA Simple”:

  • Apertura por actividad del contribuyente. Se podrá importar a través de archivo CSV que va a poner a disposición ARCA. Va a ser una apertura por totales.

Objetivo del nuevo “IVA SIMPLE”

  • Unificar en un solo formulario web (F. 2051) la presentación de las declaraciones juradas del impuesto al valor agregado (IVA).

  • Integrar el Libro de IVA Digital dentro de la declaración jurada.

  • Disminuir la carga manual y la duplicación de datos.

  • Avanzar hacia una declaración precargada, digital y simplificada.

CAMBIOS EN LA CARGA DE INFORMACIÓN

  1. Formulario único F. 2051 reemplaza a:

    • F. 731 (exportadores y promovidos – SIAP),

    • F. 810 (agropecuarios – SIAP),

    • F. 2002 (web general),

    • F. 2082 “IVA Listo” (eliminado por baja utilización).

  2. Carga modular:

    • Módulo de Registración Electrónica de Operaciones:

      • Se ingresan comprobantes de ventas, compras y ajustes. Nuevo: en ajustes se agrega información sobre Restitución de débito y crédito fiscal.

      • AFIP previsualiza comprobantes emitidos y recibidos.

      • El contribuyente puede importar archivos (.csv) o completar manualmente.

      • Nuevo: Se exige apertura por actividad y tipo de operación (alícuota, consumidor final, etc.).

  3. Libro de IVA Digital incorporado al aplicativo:

    • El módulo de registración es obligatorio aun si se sigue declarando por el F. 2002, F. 731 o F. 810 durante la transición.
    • Debe finalizarse y validarse (“Finalizar y continuar”) para que se tome como presentado.

CAMBIOS EN LA LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO

  1. Débito y crédito fiscal:

    • Se determinan automáticamente a partir del módulo de registración.

    • Se obliga a la apertura e importación de las ventas por actividad, tipo de venta (a quién le vendió) y la alícuota. Sí la distribución de las ventas no coincide con el débito fiscal, el servicio va a mostrar en rojo esos números. Deberán corregirse hasta que los muestre en verde.

  2. Saldos técnicos y a favor:

    • Se importan automáticamente desde el sistema de cuentas tributarias.

    • Contempla situaciones de reorganizaciones o cambios de CUIT.

    • Posibilidad de incorporar manualmente compensaciones y traslados.

  3. Retenciones y percepciones:

    • Se cargan desde “Mis Retenciones”.

    • Posibilidad de modificar, eliminar o importar desde archivo externo.

  4. Vista previa y resumen descargable:

    • Antes de confirmar, se puede visualizar un resumen integral del F. 2051.

    • Útil si luego se decide presentar el F. 2002 manualmente.

VIGENCIA Y FECHAS CLAVE

Período Estado del nuevo sistema
Mayo a Octubre 2025 Periodo optativo: Se puede usar el F. 2051 o los formularios anteriores (excepto IVA Listo).
A partir de Noviembre 2025 Obligatorio uso del F. 2051.
Libro de IVA Digital Desde mayo 2025, su estructura cambia (apertura por actividad) y se accede desde un único Portal de IVA.
  • Se adapta al perfil del contribuyente: el formulario oculta o muestra secciones según las actividades (exportadores, agro, etc.).

  • Se están desarrollando importaciones automáticas futuras: tickets, controladores fiscales, extractos bancarios, despachos de importación, etc.

  • Se pueden presentar rectificativas con cualquiera de los métodos disponibles mientras dure el periodo de transición.

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