[dropcap]S[/dropcap]e reglamenta la Ley Impositiva 3229, vigente para el ejercicicio fiscal 2020, estableciendo las formas, plazos y requisitos que deberán cumplimentar los contribuyentes para gozar del beneficio de alícuota cero en el impuesto sobre los ingresos brutos para las actividades de construcción de obra pública, construcción de viviendas económicas destinadas a casa-habitación y la industria manufacturera desarrollada por contribuyentes categorizados como micro y pequeña empresa.
Además, se establecen los requisitos de solicitud de no retención/percepción para las industrias gravadas a tasa 0% como así también se establece la abstención de practicar retenciones a los contribuyentes que realicen obra pública por parte de los Organismos del Estado Nacional, Provincial o Municipal, entes autárquicos, descentralizados de los mismos, incluyendo a las empresas del Estado y los fondos fiduciarios que este integre que hayan sido designados por la Dirección Provincial de Rentas como agentes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos.
🗞 BO NQN: 31/01/2020
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