Se eleva el proyecto de reforma del Código Fiscal provincial vigente, dentro del cual se destacan las siguientes modificaciones:

Se propone receptar la figura de «responsable sustituto», el cual se vincula al cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes que no revistan calidad de residentes en el territorio nacional.

En materia de impuesto de sellos se modifican los artículos 80, 228 y 268 adaptando los mismos a la modalidad de autoliquidación del impuesto por parte de los contribuyentes a través de declaración jurada.
En el impuesto inmobiliario, se modifica la redacción de la letra del artículo 173 del Código Fiscal que consagra el Régimen Especial de Desarrollos Urbanísticos, considerando de manera individual, en cuanto a su valuación para la conformación de la base imponible del tributo, cada una de las parcelas o unidades generadas y que integran el desarrollo urbanístico amparado por este régimen especial.
En materia de exenciones - tanto de ingresos brutos, sellos e inmobiliario - se agrega como exención subjetiva al Instituto Provincial de Juegos de Azar del Neuquén (IJAN).

Fuente: https://www.legislaturaneuquen.gob.ar

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