[dropcap]S[/dropcap]e aprueba la reglamentación del artículo 91, segundo párrafo, del Código Fiscal Provincial Vigente de la Provincia del Neuquén, respecto a la compensación de importes de los contribuyentes y/o responsables que mantengan, al mismo tiempo, créditos líquidos y exigibles y deudas tributarias vencidas y/o devengadas con el Estado Público Provincial, que asuman la calidad de deudor y acreedor concomitantemente.

🗞 BO NQN: 24/01/2020

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