[dropcap]S[/dropcap]e sanciona con fecha 08/04/2021 la Ley que introduce y amplía determinadas desgravaciones a empleados en relación de dependencia y otros en el impuesto a las Ganancias.

💰 Gravamen: Impuesto a las Ganancias👷‍♂️ Sujetos: trabajadores en relación de dependencia❌ Exenciones. Nuevas: Bonos productividad, fallo de caja y similares, Aguinaldo y Militares (con topes)👨‍⚕️ Exenciones. Personal Salud. Vigencia: hasta 30/09/2021.❌ Deducciones. Nuevas: Haberes brutos hasta $ 150.000 y hasta $ 173.000, Relaciones afectivas convivientes, Duplicidad hijo con incapacidad laboral, Incremento a Jubilados y Movilidad y viáticos fijados por Convenio Colectivo de Trabajo.❌ Ganancias no gravada. Nuevas: Guarderías y Jardín, Herramientas educativas hijos y Cursos de capacitación o Especializaciones  (con topes y/o documentado)🏛 Facultades delegadas PE y AFIP: normas complementarias e interpretaciones

📆 Efectos: desde 01/01/2021🏛 Estado parlamentario: ley sancionada el 08/04/2021📅 Vigencia: publicación BO (pendiente)

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