Se extiende la declaración en la emergencia económica, productiva, financiera y social por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días a la cadena de producción de cítricos de las jurisdicciones oportunamente beneficiadas y nuevas  (Ley 27507)

📍 Jurisdicciones: Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Jujuy, Salta, Buenos Aires, Tucumán y Catamarca. 
📍 Nuevas jurisdicciones: facultad delegada al Poder Ejecutivo
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Beneficios Fiscales
✔ Regímenes especiales de prórroga para el pago de las obligaciones impositivas y de la seguridad social.
✔ Tasas de interés diferencial tope 1% mensual
✔ Suspensión la iniciación de los juicios de ejecución y medidas preventivas fiscales
✔ Incorporación en Regímenes de Facilidad de pago de deudas por la totalidad de los períodos no prescriptos

📅 Vigencia: hasta junio 2021

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