Se dispone con carácter excepcional y transitorio, por el término de cuatro (4) meses, un régimen de regularización de deudas  -incluidos intereses y multas- por impuesto inmobiliario, ingresos brutos, sellos y tasas retributivas de servicios administrativos y/o judiciales, exteriorizadas o no, cuya percepción se encuentre a cargo de la Dirección Provincial de Rentas, vencidas al 31 de agosto de 2019.

📊 Reducción de intereses resarcitorios y punitorios según el plazo de financiación que se adopte: entre el 20% y el 80%.

🔑 Condonación y/o reducción de multas.- Aplicadas, firmes o no, al 31 de agosto de 2019.

🖥 Cantidad de Cuotas: Hasta 60 cuotas con una tasa de interés de financiación mensual entre el 1,25% y 2,50% mensual, según cuotas. Excepto planes para agentes de retención, percepción y recaudaciónlos cuales no podrán exceder las 24 cuotas con una tasa de interés financiero del 3,00% mensual.

⏳ Plazo de acogimiento: Por el término de cuatro meses desde el 02/12/2019.

🌐 Beneficios Extraordinarios: Mejora condiciones de regularización excepcional para empresas MIPyMES o potenciales Pyme y bonificaciones extraordinarias en el impuesto sobre los ingresos brutos e inmobiliario.

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