Se dispone abrogar las pautas operativas de la Dirección General de Aduanas frente a la detección de destinaciones de exportación respecto de las cuales se constatara la falta de ingreso de divisas ante el Banco Central de la República Argentina por parte de los exportadores (Ins Gral 7/2022 y 19/2023 y Dec 70/2023)

🌐 Sector: Comercio Exterior
📍 Sujetos. Operaciones: Exportadores
💸 Divisas: su ingreso
Contralor. Competencia DGA-AFIP: su abrogación
🚦 Gestión de riesgo aduanero. Falta de ingreso divisas: consideración (subsistencia)

📅 Vigencia: 21/05/2024

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