Inicio NORMAS NACIONALES Decreto 373/2019. Impuesto al Cheque. Servicios Financieros. Agencias. Exención
Se incorpora la exención del impuesto los débitos y/o créditos en cuenta corriente a las cuentas utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad específica de prestación de servicios financieros por aquellos sujetos que actúen como agencias complementarias de servicios financieros, de acuerdo con la normativa del BCRA (Dec. 380/2001 y modif)
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