Se elimina la obligatoriedad de presencialidad del solicitante e la firma digital en la validación de su identidad ante las Autoridades de Registro (Ley 25.506 y Dec 182/2019 y modif)
✍️ Firma digital. Documento: firma electrónica (sustitución certificación firma ológrafa)
⚖️ Efectos: eficacia jurídica
👮♀️ Autoridad de Registro: validación de identidad
💻 Documento firma digital: emisión, renovación o revocación
🚶♀️ Solicitantes: presencial o no -remota- (ant sólo presencial)
✅ Validación: en tiempo real que utilicen el confronte de datos del Registro Nacional de las Personas (DNI)