Se instituye la "Prestación Anticipada" para personas que ya cuentan con TREINTA (30) años de servicios con aportes cumplidos y no tienen actualmente ingresos y no cumplieron con el requisito de la edad mínima para acceder a la prestación jubilatoria (Ley 24.241)
👴👵 Sujetos: trabajadores que hubieran aportado al sistema previsional
✅ Beneficio: acceso "anticipado" a la prestación previsional
🔎 Requisitos
1️⃣ Edad. Años: 60 (varones) o 55 (mujeres)
2️⃣ Servicios: acreditar 30 años de servicios con aportes computables
3️⃣ Situación laboral: acreditar desempleado al 30/06/2021.
❌ Incompatibilidad: actividades en relación de dependencia o por cuenta propia o percepción planes sociales, pensiones, jubilación y otros (Nacional, Prov. o Municipal).
💲 Monto a percibir: 80% del haber previsional que le correspondiera (hasta 65 o 60 años)
📅 Vigencia: 30/09/2021
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