Se disponen las condiciones a los fines de acceder para determinados sujetos, al mercado de cambios destinado a importadores con deudas pendientes de pago con el exterior por la importación de bienes o servicios al 12/12/2023 (Dec 72/2023 y Com A 7918 y 7917)🌐 Sector: Comercio Exterior📍 Sujetos: Importadores de bienes y servicios con deudas previas al 13/12/2023💵 Moneda extranjera. Compra: factibilidad desde 10/02/2024 (miercoles 14/02/2024 día hábil sig)
CONDICIONES1️⃣ Sujetos: MiPyME (persona humana o jurídica)2️⃣ Deudas por importaciones previas al 13/12/2023: hasta u$s 500.0003️⃣ “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior” (Res Cjta 5466/2023): registración4️⃣ Hasta 09/03/2024: hasta u$s 50.0005️⃣ Hasta 09/04/2024: hasta u$s 150.0006️⃣ “Relevamiento de activos y pasivos externos”: declarada (en su caso)7️⃣ DDJJ cliente ante Banco: valores y cupos
📃 Adquirentes BOPREAL: factibilidad su venta desde 01/04/2024
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