Se establecen medidas particulares respecto a tasas, integraciones de depósitos y restricciones en determinados operaciones a la actividad agrícola.

🏦 Tasas mínimas: TNA 70% promedio LELIQ

🚜 ACTIVIDAD AGRÍCOLA (*)
Inversiones a plazo. Tope: hasta 2 veces valor ventas de cereales y/u oleaginosas.
Créditos. Tasas subsidiadas: inaplicabilidad si acopio producción de trigo y/o soja superior al 5 % de su capacidad de cosecha anual.

📅 Vigencia: 18/05/2020

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