[dropcap]S[/dropcap]e exime - hasta el 30 de junio del 2020 inclusive - del pago del Impuesto de Sellos, en relación a los actos, contratos y/o instrumentos celebrados en la Provincia de Córdoba, que se encuentren destinados o afectados al desarrollo, cumplimiento y ejecución de los distintos programas, acciones y/o medidas que instrumente el Poder Ejecutivo, en el marco de la emergencia sanitaria establecida por Ley N° 10.690 y demás normativa complementaria por el Coronavirus (COVID-19).

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