Dom 18 mayo 2025

CABA. Ley 6195. Régimen Especial de Regularización

Se establece un “Régimen Especial de Regularización Tributaria” de los tributos cuya aplicación, percepción y/o fiscalización se halla a cargo de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) , vencidas hasta el 31/07/2019 e Infracciones cometidas a dicha fecha. Condonación total de los intereses resarcitorios y punitorios por las obligaciones regularizadas, con excepción de los agentes de recaudación por los tributos retenidos y/o percibidos y no depositados. Condonación de multas cometidas al 31/7/209, que no se hubieran abonado y no se encuentren con sentencia firme. Reformulación de los planes de pago vigentes. La cantidad de cuotas y tasa de financiación varía en función de los siguientes parámetros: - Sujetos alcanzados por el Sistema de Verificación Continua de Grandes Contribuyentes: hasta 60 cuotas, tasa hasta el 1,25% mensual ó hasta 90 cuotas ingresando un pago a cuenta del 10% del impuesto a regularizar y tasa hasta el 1,50% mensual. - Sujetos no alcanzados por el Sistema de Verificación Continua de Grandes Contribuyentes:hasta 120 cuotas, tasa de financiación hasta 1,5% mensual. - Agentes de Recaudación por tributos retenidos y/o percibidos y no depositados: hasta 36 cuotas y tasa hasta el 3,00% mensual.

[19/09/2019] Sumario Boletín Oficial de la Nación

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