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Redes Sociales: CEDARs vs ADRs: ¿cuál es el tratamiento en Ganancias Personas Humanas?
En la recta final de la liquidación de ganancias de personas humanas, es clave repasar las diferencias entre dos instrumentos financieros que pueden generar confusión.
🔎 𝗧𝗲 𝗱𝗲𝗷𝗼 𝘂𝗻𝗮 𝘀í𝗻𝘁𝗲𝘀𝗶𝘀 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗮𝗿𝗮𝘁𝗶𝘃𝗮 𝗰𝗼𝗻 𝗲𝗷𝗲𝗺𝗽𝗹𝗼𝘀 𝗰𝗼𝗻𝗰𝗿𝗲𝘁𝗼𝘀:
💠 𝗖𝗘𝗗𝗘𝗔𝗥𝘀 (Ej: Coca-Cola, KO):
✔️ Resultado por venta: exento.
✔️ Dividendos: gravados como renta de fuente extranjera a escala progresiva (FE escala).
💠 𝗔𝗗𝗥 𝗱𝗲 𝗲𝗺𝗽𝗿𝗲𝘀𝗮𝘀 𝗮𝗿𝗴𝗲𝗻𝘁𝗶𝗻𝗮𝘀 (Ej: Central Puerto, CEPU):
✔️ Resultado por venta: gravado como renta de fuente argentina (Cedular).
✔️ Costo computable: actualizado por IPC.
✔️ Dividendos: gravados al 7% o no computables.
💠 𝗔𝗗𝗥 𝗱𝗲 𝗲𝗺𝗽𝗿𝗲𝘀𝗮𝘀 𝗲𝘅𝘁𝗿𝗮𝗻𝗷𝗲𝗿𝗮𝘀 (Ej: Telefónica España, TEF):
✔️ Resultado por venta: gravado (FE escala).
✔️ Costo computable: en USD convertido al tipo de cambio vendedor del BNA del día de la venta.
✔️ Dividendos: gravados (FE escala).








