Dec 328/2019. Sector Público. Empleo. Salarios. Haberes. Suba. Homologación

Se homologa el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) del 23 de noviembre de 2018

Res 26/2019. TFN. Expediente Electrónico. antecedentes digitales. Eximición. Revocación

Se deja sin efecto la eximición que tenía la AFIP en la obligación de presentar los antecedentes administrativos en formato digital en la tramitación obligatoria mediante expediente electrónico de las actuaciones iniciadas a partir del día 2 de mayo de 2019.  (Acordadad 1/2019 y Res 25/2019)

Res Gral 4470/2019. AFIP. Ganancias. Deducciones. Empleadores. Liquidación anual. Año 2018. Plazos

Se extienden diversos plazos de vencimientos respecto al impuesto a las Ganancias 4ta Categoría en relación de dependencia respecto al año 2018 (Res Gral 2442, 4003 y modif)
Trabajadores. Deducciones. DDJJ Form. 572 SiRADIG: 30/04/2019
Empleadores. Liquidación anual: 17/05/2019
Empleadores. Retención o reintegro: 10/06/2019
Vigencia: 02/05/2019

Res 66/2019. RENATRE. Rurales. Seguridad Social. Obligaciones. Deuda. Plan de Pagos

Se establece un nuevo "Plan de Facilidades de Pago" de deudas de la Seguridad Social destinado a empleadores rurales de todo el país (Leyes 25.191 y 26.727)
Obligaciones: Contribución mensual, Deuda de Oficio, Infracciones, Intereses y Ejecución fiscal al 31/12/2019
Beneficios: quitas en intereses resarcitorios. Cuotas
Vigencia: 01/04/2019 al 31/12/2019

Res 25/2019. TFN. Expediente Electrónico. Sorteo. AFIP. Antecedentes digitales. Eximición

Se dispone temporalmente el sorteo de expedientes jurisdiccionales mediante el procedimiento manual con bolillero y eximir a AFIP en la obligación de presentar los antecedentes administrativos en formato digital (Acordadas 840/1993 y 1/2019)

Res Gral Cjta 4469/2019. AFIP. MPT. Seguridad Social. Agrícola e Industrial. Empleadores. Contribuciones

Se establecen los requisitos y las formalidades que deberán cumplimentar los empleadores a fin de acreditar la actividad principal desarrollada, para aplicar la detracción del 100% de la base imponible de cada trabajador en las actividades primario Agrícola, Industrial y Textil (Ley 27.430, Dec. 814/2001 y 128/2019)

Decreto 301/2019. Impuesto al Cheque. Depósitos. Constitución. Exención

Se incorpora la exención del impuesto los débitos y/o créditos en cuenta corriente a los fondos que se destinen a la constitución de depósitos a plazo fijo en una entidad financiera y los créditos provenientes de la acreditación de esos depósitos a su vencimiento (Dec. 380/2001 y modif)
Requisitos: en la fecha de su vencimiento o cuando venza su renovación o renovaciones, según corresponda, la totalidad del producido del depósito a plazo fijo es acreditada en una cuenta corriente de su titular

Res Gral 4468/2019. AFIP Ganancias. Renta Financiera. Inmuebles. DDJJ. Presentación y Pago

Se dispone la forma, plazo y demás condiciones a observar por las Personas Humanas en la presentación y pago de la DDJJ del impuesto cedular en Ganancias sobre rendimientos y resultados financieros, y enajenación y transferencia de inmuebles (Ley 27.430)
Alta de oficio. Medios y Códigos de pago.
Servicio informático: "Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado"
DDJJ 2018. Presentación Vencimiento. Plazo: 19 al 24/06/2019
Vigencia: 26/04/2019

Dec 286/2019. Comercio Exterior. Ventanilla única

Se establece que: 1) Los procedimientos y trámites de importación y/o exportación por parte de la Administración Pública Nacional, Empresas y Sociedades del Estado, deberán identificarse conforme Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) y 2) Cambios regímenes que regulen el tráfico internacional de mercaderías deberá ser comunicada por la autoridad competente a través del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) y 3) Facultad de AFIP por tramitaciones incorporadas en la VUCEA.
. Vigencia: 26/04/2019

Res Gral 4466/2019. Bienes Personales. DDJJ. Valuaciones y Valores. Publicación

[dropcap]S[/dropcap]e dispone a los fines de facilitar a los contribuyentes y responsables la confección de la DDJJ del impuesto sobre los Bienes Personales, la publicación anual desde la página web fiscal de las siguientes valuaciones al 31 de Dic del año inmediato anterior:
a) Valor mínimo automotores y motovehículos, b) Cotizaciones de divisas, c) Cotizaciones Títulos valores, cupones y FCI, d) Formato catastral y e) Entidades financieras y CUIT
[su_highlight background="#f6f220"]Plazo: jueves 2/05/2019 [/su_highlight]

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