Res Gral 5617/2024. ARCA. Moneda Extranjera. Compra. Percepción. Ganancias, Bs Personales. Devolución. Continuidad. Sustitución
Se dispone sustituir el régimen de percepción de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales aplicables a operaciones de compra de moneda extranjera y cuya remisión normativa refería a operaciones alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)” -con pérdida de vigencia en días- (Res Gral 4815/2020 y modif)
🚶♂️🏭 Sujetos: residentes en el país
💰 Gravamen: Ganancias y Bienes Personales
🤑 Régimen: de percepción
💵 Operaciones: compra de billetes y divisas en moneda extranjera
👉 Destino atesoramiento o sin destino específico
👉 Importación de bebidas alcohólicas, determinados vehículos y suntuarios, entre otros.
👉 Bienes o servicios del exterior con tarjetas de crédito, débito o compra u otros (incluye a través de portales web y otras "a distancia") y aquellos a no residentes
👉 Servicios en el exterior a través de agencias de viajes y turismo
👉 Transporte pasajeros fuera del país (aéreos, terrestres o acuático)
❌ Exclusiones: salud, medicamentos, plataformas educativas, software educativos, pasajes terrestre limítrofes y otros Oportunidad: al momento de operación cambiaria o cobro del resumen y/o liquidación de la tarjeta.
🔢 Alícuota: 30 por ciento
📝 Carácter: cómputo pago DDJJ Ganancias o Bienes Personales
📆 DDJJ: mismo periodo fiscal
👷♂️ Monotributistas (no sujetos Bs Personales) y otros no contribuyentes LIG e ISBP: solicitud de devolución
📆 Devolución. Solicitud. Plazo: luego fin de año calendario de la percepción (Enero)
🔄 Sustitución normativa: Res Gral 4815/2020 y modif (abrogación)
📅 Vigencia y aplicabilidad: operaciones desde 19/12/2024
Dec 1108/2024. Sector público. Administración nacional. Asueto. 24 y 31 Dic 2024
Se otorga asueto al personal de la Administración Pública Nacional en vísperas de las festividades de la NAVIDAD y del AÑO NUEVO.
🏛 Sector: administración pública nacional
❌ Asistencia laboral: asueto
👨💼 Beneficiarios: empleados
🏦 Exclusiones: instituciones bancarias y entidades financieras
🗓 Días: martes 24 y 31 de diciembre de 2024
Res Gral 5616/2024. ARCA. Facturación y Registración. Moneda extranjera. Comprobante. Tipo de cambio. Precisión
Se precisa el tipo de cambio a consignar cuando en la solicitud de autorización de comprobantes electrónicos a emitir sea y se cancele en moneda extranjera en los diversos regímenes de "Facturación y Registración" de comprobantes fiscales (Res Grales 1415/2003 y 4291/2018, 3561/2013 y modifs)
📃 Régimen: Emisión de comprobantes
📍 Contribuyentes: todos
📄 Comprobantes: A, B, C, E o T
🚶♀️ Clientes. Destinatarios: todos
💲 Moneda de la operación: indicación si moneda extranjera y tipo de cambio utilizado (sin cambios)
💰 Pago moneda extranjera. Tipo de cambio: vendedor divisa BNA día hábil cambiario anterior emisión (NUEVO)
💻 Comprobantes electrónicos: indicación Tipo de cambio aplicable automático (sistémico)
🔎 Moneda sin cotización BNA web “Factura Electrónica”: indicación expresa por el emisor
REGÍMENES PARTICULARES
1️⃣ Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos (RECE)
💻 Tipo de cambio. Indicación: automático (sistémico)
💲 Tipo de cambio aplicable: Vendedor divisa BNA día hábil cambiario anterior emisión o a la fecha de solicitud (lotes misma fecha solicitados posteriormente)
🚶♀️ Destinatario: condición frente al IVA (comprador, locatario o prestatario)
2️⃣ Controladores Fiscales (nueva tecnología)
💲 Tipo de cambio aplicable: Vendedor divisa BNA día hábil cambiario anterior emisión
📅 Vigencia: 18/12/2024
📆 Implementación
1️⃣ Comprobantes en línea
👉 Indicación manual: desde 18/12/2024
👉 Indicación sistémica (automático): desde 15/01/2025
2️⃣ Facturador Móvil y Facturador: desde 05/03/2025
3️⃣ Web service
👉 Indicación manual: desde 18/12/2024
👉 Indicación sistémica (automático): desde 15/04/2025 (manuales disponibles desde 15/01/2025)
Las Propinas quedan excluidas de la base de retención del SIRTAC (Res 11/2024 CACM)
Las jurisdicciones adheridas al Sistema SIRTAC decidieron que está excluida de la base de retención el monto total que se pague por las propinas abonadas por el consumidor, cuando las mismas se canalicen a través de los medios de pago electrónicos.
🔎 Claves de la propinas:
💲 Las propinas otorgadas por medios físicos y/o digitales serán consideradas como una liberalidad proporcionada directamente a los trabajadores, en ningún caso serán consideradas como un pago por servicios realizado por el empleador, incluso cuando este actuara como intermediario de las operaciones.
❌ No podrán ser utilizadas como base para ajustar o modificar el salario básico ni las condiciones laborales establecidas por el empleador.
🚫 El importe en concepto de propinas o recompensas que perciba el trabajador no estará sujeto a ningún tipo de retención o percepción.
🏃♀️ Cuando los comercios y/o establecimientos actúen como intermediarios del pago de propinas, deberán poner a disposición de los trabajadores los montos percibidos en concepto de propinas, de forma digital o física, dentro de las 24 horas siguientes a su acreditación,
Res Gral 12/2024. CACM. Ingresos Brutos. DDJJ mensual 2025 y Anual 2024 (Junio 2025)....
Se establecen las fechas de vencimiento para la presentación y pago de las DDJJ del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al universo de contribuyentes que liquidan el gravamen bajo las normas del Convenio Multilateral (incluye adelanto DDJJ anual 2024 CM 05: "Cronograma de principales vencimientos tributarios: I Semestre 2025", Tributum.news, 10/12/2024)
Gravamen: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Convenio Multilateral
📄 Obligaciones: DDJJ
▶ Mensuales 2025: CM03 y CM04
📅 Plazos. Vencimiento: días 15/17 al 18/23 conf. hábil sig (según mes y terminación CUIT)
▶ Anual 2024: CM05
🔢 Coeficiente a aplicar: unificado conf Res Gral 10/20219
📅 Plazo. Vencimiento: lunes 30/06/2025
🔎 Feriados o días no laborales coincidente a fijar: traslado día hábil sig y sucesivos igual
Res Gral 5614/2024. ARCA. Facturación. Ley 27743. Comprobantes. Transparencia Fiscal. IVA e Indirectos. Discriminación
Se dispone la implementación al Régimen de emisión de comprobantes -incluso vía Controladores Fiscales- del denominado "Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor" a los fines de la obligatoriedad de detallar en las facturas o tickets o comprobantes fiscales similares emitidos el importe discriminado del impuesto al valor agregado (IVA) y de los demás impuestos nacionales indirectos que inciden en los precios (Ley 27.743 y Dec 658/2024 y Res Grales 1415/2023 y 3561/2023 y modifs)
NR: se precisan los Contribuyentes emisores y diversas derogaciones del sumario esquema del 13/12/2024
RÉGIMEN DE TRANSPARENCIA FISCAL AL CONSUMIDOR (Ley 27.743 -arts 98 a 101- y Dec 658/2024 -art 1-)
📃 Régimen: Emisión de comprobantes
📍 Contribuyentes: todos
📄 Comprobantes: A, B, C o E (según corresponda)
🚶♀️ Clientes: Consumidor Final, Monotributista y Exentos
💲 Precios: ventas, locaciones de obra o servicios
💰 Gravámenes: impuestos nacionales indirectos
🔎 Facturación: discriminación obligatoria del gravamen (agrupado)
📍 Contribuyentes: responsable inscripto en IVA.
💰 Impuesto al Valor Agregado (IVA): particularidades
1️⃣ Monotributistas: monto y alícuota IVA, montos demás tributos -no integren precio neto gravado- y percepciones
2️⃣ Exentos, Consumidores finales o no alcanzados: monto IVA (ant no discriminación)
COMPROBANTES. LEYENDAS
🔎 Espacio inferior izquierdo. Incorporación
✅ "Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor (Ley 27.743)"
✅ "IVA Contenido": monto
✅ "Otros Impuestos Nacionales Indirectos": monto
🖨 Controladores fiscales. Nueva tecnología: actualizacion firmware e inclusión leyendas y montos
DEROGACIONES
❌ Solicitud de autorización para discriminación IVA a Consumidores Finales
❌ Sanción a Consumidores Finales que no exigieran la entrega de facturas o comprobantes
❌ Excepción de emisión de comprobantes -excepto RI IVA- a Consumidores finales, monto hasta $ 10 y Monotributistas sin Controlador Fiscal o registradoras
📅 Vigencia: 13/12/2024
📆 Implementación
1️⃣ Grandes empresas (conf. Régimen "Factura de crédito Electrónica"): desde 01/01/2025
2️⃣ Emisión vía "Comprobantes en línea" o "Facturación móvil": desde 01/01/2025
3️⃣ Demás contribuyentes otros sistemas de emisión: desde 01/01/2025 (optativo) o desde 01/04/2025 (obligatorio)
Com A 8153. BCRA. Comercio Exterior. Exportadores. Servicios. Moneda extranjera. No liquidación. Montos. Suba
Se reducen diversos montos para el acceso y liquidación de Moneda Extranjera al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) para determinadas actividades (Com A 8074 y 8116)
🌐 Sector: Comercio Exterior
📍 Sujetos: Exportadores de servicios
❌ Moneda extranjera. Liquidación: no obligatoriedad
💸 Cobros: hasta u$s 36.000 año calendario (ant u$s 24.000)
📅 Vigencia: desde 01/01/2025
Res 2867/2024. INAES. Cooperativas de trabajo. Rurales. Asociados. Nómina. Mínimo. Excepciones
Se dispone dejar sin efecto la constitución de cooperativas de trabajo y de provisión de servicios para productores rurales que incumplan con la cantidad mínima de integrantes (Res 1000/2021)
🚜 Sector: Agrario
📍 Sujetos: Cooperativas de trabajo y de provisión de servicios para productores rurales
📃 Personería jurídica: solicitud
👥 Integrantes. Mínimo: seis asociados
🔎 Excepciones: actividades informáticas, culturales o de cuidado (particularidades y a evaluar por INAES)
👮♀️ Solicitudes en curso y otorgadas: procedimiento y adecuación plazo más de 1 año.
📅 Vigencia: 13/12/2024
Res 381/2024. CNTA. Agrarios. Trabajadores. Remuneraciones. Básicos. Escalas. Subas. Nov 2024 a Feb 2025....
Se dispone rectificar los montos de las remuneraciones mínimas y los topes indemnizatorios, ante error material involuntario, del personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario (Ley 26727) publicado días atrás (Res 368/2024. BO. 29/11/2024)
🚜 Sector: Régimen de Trabajo Agrario
👩🌾 Sujetos: personal permanente (prestación contínua)
💲 Haberes. Escalas. Tramos. Valores Noviembre 2024: 1) Peón general $ 702.180,75 a 2) Encargado $ 900.780,73 (sin cambios)
Diciembre 2024: 1) Peón general $ 752.192,88 a 2) Encargado $ 964.937,94 (nuevos montos superiores)
Enero 2025: 1) Peón general $ 752.192,88 a 2) Encargado $ 964.937,94 (nuevos montos superiores)
Febrero 2025: 1) Peón general $ 773.254,28 a 2) Encargado $ 991.856,20 (nuevos montos superiores)
💲 Cuota de solidaridad: Aporte 2% (base total remuneraciones)
🚪 Topes indemnizatorio: según escalas
⌛ Antigüedad: Adicional 1 al 1,5%
📍 Chubut, Sta cruz, Tierra del Fuego e islas: Adicional 20%
📅 Vigencia: 01/11/2024 al 28/02/2025
Com A 8144. BCRA. Sistema nacional de pagos. Contribuyentes. ARCA. Base de Contribuyentes No...
El Banco Central limitó estos servicios a comercios y personas que figuren en la “Base de Contribuyentes No Confiables” de la ARCA (ver anticipo: "Se restringió el uso de tarjetas de crédito y débito a “Contribuyentes No Confiables” (Errepar), Tributum.news, 11/12/2024)
🛑 Contribuyentes: en "Base de Contribuyentes No Confiables" (ARCA)
🚫 Entidades Financieras y Servicios de pago (billeteras virtuales-PSP). Pagos: imposibilidad
💻 💳 Medios: Transferencias, Tarjetas de crédito, débito compra o prepagas
✅ Periodicidad consulta en base de datos ARCA: semanal (mínimamente)
📅 Vigencia e implementación: 16/12/2024