Se dispone el levantamiento total. con limitaciones, de la feria judicial extraordinaria en el ámbito de la Justicia Nacional y Federal en el marco de las medidas dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020297/2020 y compl)

🌐 Jurisdicciones: todas
💁‍♂️ Atención al público: horarios diferenciales
📆❌ Plazos procesales, administrativos y caducidad de instancia: suspensión
🏠 Licencias excepcionales: continuidad
💻 Presentaciones y consultas: preferentemente vía remota

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