Se dispone el levantamiento de la feria judicial extraordinaria respecto de determinados tribunales en el  ámbito de la Justicia Nacional y Federal  en el marco de las medidas dispuestas a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020297/2020355/2020 y 408/2020)

🌐 Jurisdicciones: Corrientes, Tucumán, Comodoro Rivadavia, Mendoza y Córdoba
Alcance: Cámaras y Juzgados (según jurisdicción)

👨‍💼👩‍💼 Personal: concurrencia obligatoria excepto licencias excepcionales

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