Se designan como agentes de percepción y de retención del impuesto sobre los ingresos brutos, a aquellos contribuyentes que obtuvieron en el año calendario 2018, ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y exentos) por un monto superior a sesenta millones de pesos ($ 60.000.000), teniendo en cuenta los ingresos provenientes de todas sus actividades y en todas las jurisdicciones.