Se establece una exención para los ingresos derivados de la venta en comisión de autos, camionetas, utilitarios, motocicletas y vehículos no clasificados en otra parte, nuevos o usados, cuando se trate de vehículos eléctricos y alternativos.

La inscripción de dichos vehículos, también gozará de exención del impuesto de sellos.

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