Se reducen las alícuotas correspondientes al Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) de: camiones completos nuevos, sin uso, así como motores nuevos, sin uso, de vehículos categorizados como “N2 o N3” y chasis con motor nuevos, sin uso, de vehículos categorizados como “M- MINIBUSES” con motorización diseñada para la utilización de Gas Natural Comprimido (GNC), Gas Natural Licuado (GNL) o Biogás como combustible. 

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