Se establece un procedimiento simplificado para la determinación e ingreso del impuesto cedular en Ganancias de Personas Humanas sobre determinados rendimientos y resultados de enajenación de valores, participaciones, etc (Ley 27.430 y Res Gral 4468/2019)
ALCANCE
A) Rendimiento producto de la colocación de capital en valores (Art 1ro a cont. Art. 90 LIG)
B) Operaciones de enajenación de acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones, cuotas y participaciones sociales, fideicomisos financieros, monedas digitales, Títulos, bonos y demás valores (Art 4to a cont. Art. 90 LIG)
CONDICIONES
1) Rendimientos o Resultados por período fiscal: hasta $ 200.000 y
2) Inscripciones: no se encuentren inscriptos en impuesto cedular
3) MinPlan pago Res Gral 4057/2017: imposibilidad de opción
PROCEDIMIENTO: Pago por VEP
Aplicación: DDJJ 2018 y sig.
Vigencia: 20/05/2019
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