Se dispone que los Proveedores de Servicios de Pago (PSPCP) no pueden realizar ni facilitar a sus clientes la realización de operaciones con activos digitales autorizados en igual sentido que las entidades financieras (Com A 7506. BCRA, 05/05/2022) 

💻 Sujetos: Proveedores de Servicios de Pago con Cuentas de Pago (PSPCP) (Uala, Yacaré y MODO otros)
💲 Operaciones: activos digitales (incluye criptoactivos y rendimientos relacionados)
👮‍♂️ Condición: No autorizados por autoridad reguladora nacional o BCRA
🚫 Factibilidad: prohibición (realización o su facilitación)

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