[dropcap]S[/dropcap]e extiende la factibilidad de pago en cuotas con determinada flexibilización del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para determinados sujetos y períodos fiscales y se disponen diversas consideraciones en los débitos de las cuotas de los planes de pago (Res Gral 3926/2016, 4057 y modif, 4714/2020, 4959/2021, 5080/2021, 5109/2021, 5143/2022, 5177/2022, 5194/2022, y 5243/2002 y 5265/2022)
💰 Plan: facilidades de pago "Mini Plan"
🔎 Cuotas: Anticipo 25% + 3 cuotas mensuales
🚶♂️🏭 Sujetos: Personas Humanas y Jurídicas DDJJ cierres Mayo 2022 (vto Oct 2022)
💰 Impuesto: Ganancias y Bienes Personales
➗ Tasas: preferenciales (TNA Plazo Fijo 180 días BNA + %)
📆 Fecha de consolidación: ídem fecha pago a cuenta
❌ Caducidad: falta cancelación 1 cuota después 30 días
🚫 SIPER: inaplicabilidad Categ A, B, C y D (no aplica "E")
🙋♂️ Solicitud: hasta mes siguiente vto DDJJ
📆 Vigencia. Plazo: hasta 30/11/2022 (ant 31/10/2022) (NUEVO)
💰 Plan: facilidades de pago permanente
🚫 Cantidad de planes, Cuotas y Tasa interés adicional: sin consideración SIPER (todos)
📆 Vigencia. Plazo: hasta 30/11/2022 (ant 31/10/2022)(NUEVO)
📍 Planes de pago: todos
❌ Cuota impaga: rehabilitación una vez vencida (NUEVO)
💰 Cuotas más de $ 100 millones: pago vía VEP (NUEVO)
❌Cuotas. Imposibilidad débito: pago vía VEP y notificación previa AFIP al DFE (NUEVO)
📅 Aplicatoriedad: vencimientos desde 02/11/2022
📅 Vigencia: 01/11/2022
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