Se dispone el procedimiento para consignar en los comprobantes electrónicos que respaldan las operaciones de venta de carne y/o subproductos derivados de la faena de hacienda de las especies mencionadas, el o los números de aquellos “Remitos Electrónicos Cárnicos” vinculados (Res Grales 4256/2018, 4290, 4291 y modif)
🐮 Sector: Cárnico (bovina/bubalina y porcina)
❄ 👩🌾 Actividades: Frigorífico/Establecimiento faenador, Usuarios faena, Abastecedor y Consignatarios
🥩 Productos: procesamiento de carnes y subproductos
📃 Régimen: "Remito Electrónico Cárnico” (REC)
🌐 Excepciones. Cambios: Destino comercio exterior con respaldo documentación aduanera
📡 Respaldo operaciones. Incorporación: número de remitos vinculados
⁉ Procedimiento. Micrositio: www.afip.gob.ar/actividadesAgropecuarias/sector-pecuario/
🔎 Vinculación. Condiciones (concurrentes):
1️⃣ El Receptor del comprobante electrónico coincida con el destinatario de la mercadería trasladada
2️⃣ El “REC” a vincular se encuentre aceptado total o parcialmente o, en su caso, emitido y vigente
📍 Traslado. Falta de destinatario: información destino definitivo luego 96 hs de vigencia remito
📅 Vigencia. Emisión:
🤷♂️ Optativa: desde 15/11/2022
🏁 Obligatoria: desde 15/12/2022
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