[dropcap]S[/dropcap]e dispone la inaplicabilidad de la suspensión de  trabas de medidas cautelares y otros   a determinados contribuyentes en el marco del “aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio” en la República Argentina causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27605 y Res Gral 4936/2021 y 4953/2021)

📌 Sujetos: MiPyME y Todos con actividades críticas
📆 Embargos y Ejecución Fiscal. Suspensión. Periodos: Marzo a Mayo 2021
💰 Gravamen: Aporte Solidario y Extraordinario (ASE) (Ley 27605)
Excepción: inaplicabilidad

📅 Vigencia26/05/2021

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