Se incorporan protocolos y recomendaciones de salud en determinadas actividades y servicios exceptuados del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” (ASPO) en todo el país a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541, Dec 260/2020, Dec 297/2020 y compl. y 714/2020)
Jurisdicciones: Ciudad Autónoma de Buenos Aires
🍽 Actividades y Servicios: gastronómica al aire libre
🪑 Lugar: vereda, calzada u otros sectores del espacio público, sin el uso de espacios o salones interiores, patios interiores, terrazas jardines o similares. Circulación. Personal: “Certificado Único Habilitante para Circulación-Covid-19”.
Gobiernos provinciales: aprobación
Vigencia: 03/09/2020
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