Se determina la participación de cada organismo en los porcentajes de lo percibido por la recaudación del “Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)” Ley 27.541

70 POR CIENTO
➡ 60%: ANSES (programas)
➡ 40%: INSSJP (prestaciones)

30 POR CIENTO
➡ 30%: financiamiento viviendas sociales (obras)
➡ 65%: infraestructura económica (obras)
➡ 5%: turismo nacional (fomento)

📅 Vigencia: 27/02/2020

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