Se determina la participación de cada organismo en los porcentajes de lo percibido por la recaudación del “Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)” Ley 27.541
70 POR CIENTO
➡ 60%: ANSES (programas)
➡ 40%: INSSJP (prestaciones)
30 POR CIENTO
➡ 30%: financiamiento viviendas sociales (obras)
➡ 65%: infraestructura económica (obras)
➡ 5%: turismo nacional (fomento)
📅 Vigencia: 27/02/2020