[dropcap]S[/dropcap]e reglamentan determinados aspectos del impuesto sobre los bienes personales y del "Incentivo a la Construcción Federal y Acceso a la Vivienda" (Ley 23966 y modif., 27613 y Dec 244/2021, y 27667)

💰 Gravamen: impuesto sobre los bienes personales
🚶‍♀️ Sujetos: personas humanas
🌐 Bienes del Exterior. Alícuota diferencial
1️⃣ Inaplicabilidad: si repatriación de bienes en el exterior
2️⃣ Repatriación. Definición: 1) ingresado al país hasta 31/03 de cada año (tenencia moneda extranjera y realización activos) y 2) Superior el 5% bienes en el exterior
3️⃣ Repatriación. Condiciones: 1) En sistema financieros hasta el 31/12 mismo años o 2) Venta moneda MUL (conforme BCRA), Instrumentos financieros BICE o Inversión FCI
4️⃣ Pago a cuenta. Excedente. Devolución: tope
5️⃣ Forma. Plazo. Condiciones. Procedimiento: facultades delegadas a AFIP
💲 Bienes alcanzados (si no aplica alícuota diferencial bs exterior): valor total bienes (excepto acciones y participaciones societarias -0,50% "Responsables sustitutos") 
📈 Montos. Actualización IPC: desde periodo fiscal 2022 (Oct año anterior vrs Oct periodo ajuste)

🏠 Régimen: Incentivo a la Construcción Federal y Acceso a la Vivienda (Ley 27613)
💰 Beneficio. Impuesto Bienes personales. Bienes en el exterior:
cómputo pago a cuenta
📆 Año 2021: consideración presente reglamentación 

📅 Vigencia: 31/12/2021

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