En la recta final de la liquidación de ganancias de personas humanas, es clave repasar las diferencias entre dos instrumentos financieros que pueden generar confusión.
🔎 𝗧𝗲 𝗱𝗲𝗷𝗼 𝘂𝗻𝗮 𝘀í𝗻𝘁𝗲𝘀𝗶𝘀 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗮𝗿𝗮𝘁𝗶𝘃𝗮 𝗰𝗼𝗻 𝗲𝗷𝗲𝗺𝗽𝗹𝗼𝘀 𝗰𝗼𝗻𝗰𝗿𝗲𝘁𝗼𝘀:
💠 𝗖𝗘𝗗𝗘𝗔𝗥𝘀 (Ej: Coca-Cola, KO):
✔️ Resultado por venta: exento.
✔️ Dividendos: gravados como renta de fuente extranjera a escala progresiva (FE escala).
💠 𝗔𝗗𝗥 𝗱𝗲 𝗲𝗺𝗽𝗿𝗲𝘀𝗮𝘀 𝗮𝗿𝗴𝗲𝗻𝘁𝗶𝗻𝗮𝘀 (Ej: Central Puerto, CEPU):
✔️ Resultado por venta: gravado como renta de fuente argentina (Cedular).
✔️ Costo computable: actualizado por IPC.
✔️ Dividendos: gravados al 7% o no computables.
💠 𝗔𝗗𝗥 𝗱𝗲 𝗲𝗺𝗽𝗿𝗲𝘀𝗮𝘀 𝗲𝘅𝘁𝗿𝗮𝗻𝗷𝗲𝗿𝗮𝘀 (Ej: Telefónica España, TEF):
✔️ Resultado por venta: gravado (FE escala).
✔️ Costo computable: en USD convertido al tipo de cambio vendedor del BNA del día de la venta.
✔️ Dividendos: gravados (FE escala).
💡 Estas diferencias impactan directamente en la determinación del impuesto y en la estrategia de inversión.
🧾 Si trabajás con personas humanas con portafolios de inversión, este es un tema que no puede pasarse por alto.
Fuente: https://www.instagram.com/diego.mastragostino/p/DK__STeRQio/?hl=es