La Unidad de Información Financiera actualizó los umbrales para depósitos en efectivo, registro de automotor, registro de la propiedad inmueble y escribanos.
La Unidad de Información Financiera (UIF) emitió la Resolución 78/2025, con modificaciones normativas destinadas a fortalecer el sistema de prevención del lavado de activos (LA), la financiación del terrorismo (FT) y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (FP).
¿Qué cambia con esta resolución?
La norma introduce ajustes clave en diferentes resoluciones anteriores de la UIF, como la 70/2011, 127/2012, 14/2023 y 242/2023, con el objetivo de:
Actualizar umbrales monetarios que determinan la obligación de reportar operaciones.
Eliminar la exigencia de certificaciones contables en la definición del perfil del cliente.
Reforzar la supervisión sobre operaciones en efectivo.
Adecuar los procedimientos a los estándares internacionales del GAFI y a un enfoque basado en riesgo.
Nuevos umbrales y definiciones clave
Entre las modificaciones más relevantes se destacan:
Compraventa de inmuebles
Se eleva el umbral de reportes obligatorios para los registros de la propiedad inmueble de 200 a 750 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).
Registro automotor
Se actualiza el monto para definir el perfil del cliente: ahora será obligatorio cuando las operaciones anuales superen los $115.000.000.
Se elimina el requisito de presentar certificación contable, bastando con la documentación respaldatoria de origen de fondos.
También se modifica el umbral de adquisición relevante de automotores, que pasa a ser de $50.000.000.
Entidades financieras
El umbral para reportar operaciones en efectivo se eleva de 20 a 40 SMVM.
Se refuerzan los controles sobre depósitos en efectivo y operaciones de cambio.
Escribanos públicos
En operaciones con bienes inmuebles realizadas en efectivo, el umbral para reportar se incrementa a 750 SMVM.
También se actualiza la definición del perfil transaccional, eliminando el requerimiento de declaraciones juradas impositivas
Entrada en vigencia
La resolución entra en vigencia el día siguiente a su publicación, es decir, el 6 de junio de 2025. Algunas actualizaciones periódicas de montos se reprograman para enero de 2026.
En línea con los estándares internacionales
Estas reformas se enmarcan en las recomendaciones del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional), y refuerzan el enfoque basado en riesgo, permitiendo a los Sujetos Obligados adaptar sus procedimientos según el nivel de exposición al LA/FT/FP.