La presentación de la declaración jurada de ambas obligaciones está prevista entre los días 23 y 27 de junio. 

👉 La medida interina dictada (suspensión de plazos de vencimientos) sólo alcanza a los profesionales matriculados en el CPCECABA
👉 Alcance sus propias DDJJ  y delegaciones formales de clientes.
👉 Exclusión de profesionales resto país 
👉 Medida judicial de gravedad institucional 
👉 Plazos según RG 5192/2022 (BO. 27/05/2022): 23 al 28/06/2022


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