CABA. Código Fiscal 2020. Modificación. Proyecto
Se somete a consideración el proyecto de Ley que propicia modificaciones en el Código Fiscal vigente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Entre las modificaciones se destaca:
🏛 Servicios Digitales - No residentes: Se aclara el tratamiento fiscal en el impuesto sobre los ingresos brutos y se incorporan los "agentes de liquidación e ingreso", los cuales actuarán exclusivamente respecto de la actividad de prestación de servicios digitales por parte de sujetos no residentes en el país.
🏛 Infracciones: Se propicia la modificación del procedimiento relativo a la aplicación de la multa por omisión de presentación de declaraciones juradas, aclarando que la sustanciación del sumario sólo procederá ante la interposición del descargo en tiempo y forma.
🏛 Sanciones: Se incorpora un nuevo deber formal, debiendo el contribuyente y/o responsable proceder a la comunicación de la interposición de la demanda judicial de impugnación de actos administrativos al
Organismo Fiscal. Asimismo, se aclara que —en el supuesto de incumplimiento- las costas y gastos derivados de la transferencia para el cobro por vía judicial de multas no ejecutoriadas deberán ser
satisfechas por el contribuyente.
Río Negro. Ley 5402. Impositiva 2020
Se establecen las alícuotas e importes fijos aplicables a los impuestos que administra la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro, para el ejercicio fiscal 2020.
📆 Conforme el cronograma de adecuación de alícuotas en función del Consenso Fiscal establecido en la Ley Impositiva 2018 se mantienen las reducciones oportunamente pautadas tanto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos como en el Impuesto de Sellos.
💰 Asimismo, se mantienen las bonificaciones e incentivos por cumplimiento fiscal los que, en el caso del impuesto sobre los ingresos brutos, se mantiene como requisito para su goce la categorización del contribuyente como MIPyME en los términos de la Ley 25.300 y su reglamentación.
Río Negro. Ley 5403. Leyes Base. Modificación
Se introducen modificaciones a las leyes base del Impuesto a los Automotores -Ley 1 n° 1284- Impuesto a los Sellos -Ley 1 n° 2407- Ingresos Brutos -Ley 1 nO 1301- y Régimen General de Promoción Económica -Ley E n° 4618.
Respecto al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos se incorporan como actividades alcanzadas por este Impuesto - sea en forma habitual o esporádica - la comercialización de servicios realizados por sujetos domiciliados, radicados o constituidos en el exterior, cuando se verifique que la prestación del servicio se utilice económicamente en la Provincia de Río Negro o la misma recaiga sobre sujetos, bienes, personas, cosas, etcétera, radicadas, domiciliadas o ubicadas en territorio provincial, con independencia del medio y/o plataforma y/o tecnología utilizada o lugar para tales fines, quedando incluidos los servicios prestados mediante suscripción online.
Río Negro. Res 1322/2019 ART. Ingresos Brutos. Centros Turísticos. Pago a Cuenta
Se aprueban los nuevos valores de los parámetros para la estimación del pago a cuenta en el impuesto sobre los ingresos brutos para aquellos contribuyentes que desarrollen actividades de salones de baile, discotecas, bailantas, whiskerías, confiterías bailables, café concerts y establecimientos análogos; restaurantes, cantinas, pizzerías y, en general, quienes presten servicios de comidas elaboradas para consumo en el lugar, bares, confiterías, cervecerías y similares; y servicios de alojamiento en los centros turísticos de la Provincia (Las Grutas, El Bolsón y San Carlos de Bariloche) durante los meses considerados de “temporada alta".
Río Negro. Res. 1364/2019 ART. Ingresos Brutos Directo. Vencimientos. Calendario 2020
Se establecen para el período fiscal 2020, las fechas de vencimiento para la presentación mensual de la declaración jurada y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a contribuyentes Directos - Régimen General, de la Provincia de Río Negro, en base al dígito verificador del número de CUIT correspondiente.
Chaco. Res 2006/2019 ATP. Ingresos Brutos. Grandes Contribuyentes. Incentivos Fiscales
Se restablecese - a partir del 20 de noviembre de 2019 y hasta el 29 de marzo de 2020 inclusive - el Régimen de Incentivos Fiscales para Grandes Contribuyentes instaurado por la Resolución General 1828 y sus actualizaciones el cual otorga una bonificación en el pago del impuesto sobre los ingresos brutos (contribuyente Directo o Convenio sede Chaco) de hasta el 20% en función de los requisitos establecidos en la misma.
Jujuy. Ley 6146. Procedimiento. Regularización de Deudas. Régimen Excepcional
Se dispone con carácter excepcional y transitorio, por el término de cuatro (4) meses, un régimen de regularización de deudas -incluidos intereses y multas- por impuesto inmobiliario, ingresos brutos, sellos y tasas retributivas de servicios administrativos y/o judiciales, exteriorizadas o no, cuya percepción se encuentre a cargo de la Dirección Provincial de Rentas, vencidas al 31 de agosto de 2019.
📊 Reducción de intereses resarcitorios y punitorios según el plazo de financiación que se adopte: entre el 20% y el 80%.
🔑 Condonación y/o reducción de multas.- Aplicadas, firmes o no, al 31 de agosto de 2019.
🖥 Cantidad de Cuotas: Hasta 60 cuotas con una tasa de interés de financiación mensual entre el 1,25% y 2,50% mensual, según cuotas. Excepto planes para agentes de retención, percepción y recaudaciónlos cuales no podrán exceder las 24 cuotas con una tasa de interés financiero del 3,00% mensual.
⏳ Plazo de acogimiento: Por el término de cuatro meses desde el 02/12/2019.
🌐 Beneficios Extraordinarios: Mejora condiciones de regularización excepcional para empresas MIPyMES o potenciales Pyme y bonificaciones extraordinarias en el impuesto sobre los ingresos brutos e inmobiliario.
Jujuy. R.G. 1547/2019 DPR. Regularización de Deudas. Régimen Especial. Reglamentación
Se establecen las condiciones, formalidades, vencimientos, garantías, y demás requisitos a cumplir por los interesados para acceder a los beneficios previstos en la Ley 6.146 "Régimen Especial de Regularización de Deudas Tributarias y Beneficios Fiscales Extraordinarios".
Cba. Res MF 356/2019. Plan permanente. Reducción de multas. Plazos. Prórroga
Se prorroga hasta el 30 de diciembre de 2019, la fecha establecida en el decreto 1289/2019 para gozar de la reducción de multas por deudas en instancia contencioso-administrativa que se regularicen mediante el régimen de facilidades de pago permanente del fisco Provincial.
Cba. Res 372/2019 MF. Ingresos Brutos. Renta financiera. Régimen Especial de Retención. Prórroga
Se redefine en el 1° de febrero de 2020, la fecha a partir de la cual surtirán efectos las disposiciones contenidas en el decreto 1290/2019 del Régimen Especial de Retención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para aquellos ingresos provenientes de la colocación de capital en valores, dividendos y utilidades asimilables y operaciones de enajenación de acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones y demás valores, cuotas y participaciones sociales -incluidas cuotapartes de fondos comunes de inversión y certificados de participación en fideicomisos financieros y cualquier otro derecho sobre fideicomisos y contratos similares.