NQN. Ley 3220. Código Fiscal Provincial. Modificación
Se sanciona la reforma del Código Fiscal Provincial de la Provincia del Neuquén dentro del cual se destacan las siguientes modificaciones:
🏛 Responsable Sustituto en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos: Se propone receptar la figura de «responsable sustituto», el cual se vincula al cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes que no revistan calidad de residentes en el territorio nacional.
🏛 Impuesto de Sellos: Se modifican los artículos 80, 228 y 268 adaptando los mismos a la modalidad de autoliquidación del impuesto por parte de los contribuyentes a través de declaración jurada.
🏛 Impuesto Inmobiliario: Se modifica la redacción de la letra del artículo 173 del Código Fiscal que consagra el Régimen Especial de Desarrollos Urbanísticos, considerando de manera individual, en cuanto a su valuación para la conformación de la base imponible del tributo, cada una de las parcelas o unidades generadas y que integran el desarrollo urbanístico amparado por este régimen especial.
🏛 Exenciones: Se agrega dentro de las exenciones subjetivas - tanto de ingresos brutos, sellos e inmobiliario - al Instituto Provincial de Juegos de Azar del Neuquén (IJAN).
📅 Sanción: 21/11/2019 (BO. NQN pendiente)
NQN. Ley 3221. Ingresos Brutos. Estabilidad Fiscal. MiPyME. Prórroga año 2020
Se prorroga la vigencia de la Estabilidad Fiscal en el impuesto sobre los Ingresos Brutos para las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyME) referidas en el artículo 1.º de la Ley nacional 25 300 —y sus normas complementarias (Ley 3.175)
📆 Nuevo plazo: hasta el 31/12/2020.
🏛 Facultades delegadas Dirección Provincial de Rentas: reglamentación.
🏛 Facultades delegadas Poder Ejecutivo (vía Decreto): nueva prórroga hasta el 31/12/2021.
NQN. Proyecto 12925. Ley Impositiva 2020
Con fecha 5 de noviembre del corriente, se remite a la Legislatura el proyecto que propone el régimen impositivo para el año 2020 en la Provincia del Neuquén.
En cumplimiento con el consenso fiscal suscrito por las provincias y nación, se establece la disminución de alícuotas y mínimos para determinados rubros de actividades en el impuesto sobre los ingresos brutos como así también en el impuesto de sellos.
Adicionalmente, se mantiene la reducción de alícuotas para pequeños contribuyentes, del 2% o 3,5% en función de los ingresos totales 2018 y se actualizaron los importes fijos a tributar por contribuyentes adheridos al régimen simplificado.
En el caso del impuesto inmobiliario, Catastro incrementó el valor de la tierra y de lo construido en un 55 %.
Fuente: https://www.legislaturaneuquen.gob.ar
NQN. Proyecto 12928. Código Fiscal Provincial. Modificación
Se eleva el proyecto de reforma del Código Fiscal provincial vigente, dentro del cual se destacan las siguientes modificaciones:
Se propone receptar la figura de «responsable sustituto», el cual se vincula al cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes que no revistan calidad de residentes en el territorio nacional.
En materia de impuesto de sellos se modifican los artículos 80, 228 y 268 adaptando los mismos a la modalidad de autoliquidación del impuesto por parte de los contribuyentes a través de declaración jurada.
En el impuesto inmobiliario, se modifica la redacción de la letra del artículo 173 del Código Fiscal que consagra el Régimen Especial de Desarrollos Urbanísticos, considerando de manera individual, en cuanto a su valuación para la conformación de la base imponible del tributo, cada una de las parcelas o unidades generadas y que integran el desarrollo urbanístico amparado por este régimen especial.
En materia de exenciones - tanto de ingresos brutos, sellos e inmobiliario - se agrega como exención subjetiva al Instituto Provincial de Juegos de Azar del Neuquén (IJAN).
Fuente: https://www.legislaturaneuquen.gob.ar
NQN. Proyecto 12930. Estabilidad Fiscal. Prórroga
Se eleva a consideración el proyecto de Ley que prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la vigencia de la Ley 3175 de estabilidad fiscal en el impuesto sobre los ingresos brutos para las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyME) referidas en el artículo 1.º de la Ley nacional 25 300 —y sus normas complementarias.
Además, se autoriza al Poder Ejecutivo provincial a prorrogar los términos de la presente hasta el 31 de diciembre de 2021.
NQN. Ley 3212. Ingresos Brutos. Vehículos eléctricos y alternativos. Exención
Se establece una exención para los ingresos derivados de la venta en comisión de autos, camionetas, utilitarios, motocicletas y vehículos no clasificados en otra parte, nuevos o usados, cuando se trate de vehículos eléctricos y alternativos.
La inscripción de dichos vehículos, también gozará de exención del impuesto de sellos.
NQN. Res. 451/2019 DPR. Procedimiento. Remisión de intereses. Facultades. Delegación
Se delega en el Director General de Recaudaciones y, ante su ausencia, en el Director General de Atención y Servicios al Contribuyente, la facultad de remitir en todo o en parte la obligación de pagar los intereses resarcitorios, punitorios y de financiación y los recargos por simple mora previstos para los agentes de retención, percepción y recaudación y en el impuesto de sellos.
Gutiérrez hizo importantes anuncios impositivos para Pymes neuquinas (LMNeuquen)
El gobernador impulsará un proyecto de ley de estabilidad fiscal para las pequeñas y medianas empresas.
NQN. Res 309/2019. DPR. Ingresos Brutos. Obra Pública. No retención
Se establece que los organismos del Estado Nacional, Provincial o Municipal, Entes
Autárquicos, Organismos descentralizados, Empresas del Estado, Fondos Fiduciarios que éste integre o cualquier otro ente de aquellos cualquiera sea la forma jurídica que posea, que hayan sido designados por la Dirección Provincial de Rentas como Agente de Retención del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, deberán abstenerse de practicar retenciones a los contribuyentes que realicen obra pública, cuando se efectivicen pagos por certificados de obras de las actividades descriptas en el Artículo 4° inciso c) de la Ley Impositiva Anual 2019.
NQN. Dto 1541 DPR. Procedimiento. Vencimientos sujetos domiciliados VLA. Prórroga
Se establece una prórroga hasta el 15 de enero de 2020 inclusive, en plazo para el pago del Impuesto a los Ingresos Brutos e Impuesto Inmobiliario correspondientes al anticipo/cuota 7/2019 de los contribuyentes que tengan domicilio fiscal en la localidad de Villa la Angostura o inmuebles radicados en las localidad, respectivamente. Las cuotas de Planes de Facilidades de pago a vencer en el mes de agosto de 2019, en los mencionados casos, serán prorrogadas hasta el 15 de septiembre del corriente año.