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🧭 CUADRO DE COMPETENCIAS Y PROCEDIMIENTO POR MUNICIPIO Y PROTOCOLO 🧭
💻 Procedimiento de autenticación Web: registroexcepcion.gba.gob.ar
Desde la declaración de pandemia y emergencia pública en materia sanitaria, los tres niveles de gobierno (Nacional, Provincial y local) han adoptado distintas medidas tendientes a ralentizar la expansión del nuevo Coronavirus, limitando la circulación de personas y el desarrollo de actividades determinadas.
No es menor destacar que los Estados tienen la necesidad de regular y controlar la apertura de algunas actividades, sin perder de vista el contexto de profunda crisis económica, buscando ayudar a los contribuyentes, pero también facilitar el sinceramiento de la economía formal que permita abastecer las arcas estatales.
Tal es así que pasaron varios Decretos y reglamentaciones desde el 11 de marzo del 2020, encontrándonos hoy con la sanción del Decreto Bonaerense N° 340/2020 y Resolución N° 239/2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires, que aprueba la reglamentación para desarrollar actividades y servicios exceptuados de las medidas de ASPO y de la prohibición de circular en el marco de los Decretos Nacionales N° 297/2020, N° 355/2020, 408/2020 y 459/2020, la Decisión Administrativa N° 524/2020 y sus normas complementarias.
En este contexto, la normativa Bonaerense establece un nuevo procedimiento para que los Municipios soliciten la habilitación de actividades ante el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la provincia de Buenos Aires , a través del Sistema de Registro de Excepciones que se encuentra en el sitio web https://registroexcepcion.gba.gob.ar/. en donde se podrán realizar las solicitudes de manera normalizada para las actividades industriales, comerciales y de servicios, con el objetivo de agilizar tanto el proceso de pedido como el de respuesta, en virtud de la multiplicación de solicitudes por parte de los municipios de la Provincia.
- La Autoridad Municipal deber estar registrada en alguno de los proveedores de identidad: AFIP, ANSES, Registro Nacional de las Personas o GDEBA.
- Una vez logueado, se cargarán los datos de excepciones de conformidad con la actividad, estado, protocolo sanitario si correspondiere y pautas de fiscalización para su cumplimiento, permitiendo al Municipio observar las excepciones cargadas por fecha de ingreso, Municipio y Responsable.
- Una vez cumplido, si la operación se ha cargado correctamente, la ventana emergente se lo indicará con una leyenda.
De esta manera, pone en cabeza de cada Municipio – AMBA, GRAL. PUEYRREDÓN y RESTO DE PCIA. – la reactivación de actividades determinadas, siendo uno de los parámetros a la hora de solicitarlo, limitar las salidas diarias de los ciudadanos no exceptuados, a las terminaciones por número de DNI, buscando la Administración Local, tener el mismo margen de circulación sin perjuicio de los comercios activos.