Reunión clave entre el Gobierno y las prepagas para aclarar dudas y definir cómo se completa la declaración jurada de ingresos del decreto 743/22.

Como si no fuera sufiente con el vago e indefinido decreto 841/22 que tratamos de diluciar en diciembre, ahora, en enero, tenemos el impreciso decreto 743/22 para jugar a interpretarlo.

Con la publicación en el Boletín Oficial el Decreto 743/22, se estableció un nuevo esquema de aumentos de las cuotas para los planes ofrecidos por los sujetos alcanzados en la Ley de Medicina Prepagas N° 26.682, y se extendió el sistema de copagos.

El Decreto establece que, a partir del 1° de febrero de 2023 y por el plazo de 18 meses, el incremento del valor de las cuotas, tendrá como tope máximo el 90 % del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado.

Lo que determina que se aplique el aumento menor ( 4,91%) depende que el ingreso neto que declare el afiliado para el período diciembre 2022 sea inferior a 6 SMVM ( Salario Mínimo, Vital y Móvil) equivalente a $ 371.718.

Y para gozar de este beneficio las personas deberán completar del día 1 al 20 de cada mes la DDJJ de certificación de ingresos accediendo a través del aplicativo que estará disponible en el sitio web institucional de la Superintendencia de Servicios de Salud.

Pero, además de lo engorroso que resulta tener que completar todos los meses un formulario para demostrar que sos pobre, se generan muchas dudas al momento de presentar las declaración jurada.

Hasta el momento sabemos que hay que completar una declaración jurada informando los “ingresos netos” del mes inmediato anterior, es decir que en este caso sería diciembre 2022.

Dudas sobre la Declaración Jurada de Certificación de Ingresos

Ingresos netos: netos de qué sería la pregunta. En principio de los descuentos de los aportes obligaotorio por ley y sindicato. Pero, por ejemplo ¿Qué sucede con los ingresos de los monotributistas?

Además, ¿qué se entiende por “ingreso”? Sólo los de sueldos, jubilaciones y pensiones, o también incluye rentaa financieras, como un plazo fijo o un FCI.

Luego, ¿se trata de ingresos devengados o percibidos? Diciembre es un mes atípioco, tenemos vacaciones, aguinaldo, SAC, en algunos casos gratificaciones, etc.

Asimismo, se trata los ingresos netos del titular de la prepagas o, en caso de grupo familiar, de todo el grupo familiar. Las prepagas dicen que el titular debe declarar sus ingresos si es un afiliado individual o los ingresos del grupo familiar adherido al plan.

En el caso de los Monotributistas el ingreso neto ¿corresponde a la facturación realizada o a la categoría en la que reviste? Y los autónomos?

A esas dudas debemos sumarle que hay que hacer el trámite todos los meses, que estamos en enero, sólo se puede hacer via web, hay que dar de alta la clave fiscla nivel 3 en AFIP.

En definitiva, son más dudas que certeza y más complicaciones que simplificaciones, solamente para tener unos puntos menos de aumento.

Y como si eso fuera poco, las prepagas comenzaron con sus amables comunicado amenzaante, advirtiendo que “la declaración jurada, a los efectos de aplicar el ajuste mencionado, deberá ser real y veraz, resultando cualquier omisión o inexactitud causal suficiente para iniciar las acciones judiciales que pudieran corresponder”.

Además, “la falta de veracidad en la declaración jurada, será considerada en los términos del Art. 9 de la Ley 26.682 como una causal de rescisión del contrato, además de las acciones legales que pueda corresponder efectuar a la Obra Social por los daños y perjuicios que dicha conducta ocasione”.

Reunión entre la Superintenencia de Salud y las prepagas

Para aclarar este y otros temas, hoy se reunen las empresas de medicina prepaga y la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), con el fin de establecer certezas a la hora de completar el formulario.

Algo que deberían haber pensado antes de emitir la normativa.

Cómo se realiza la declaración jurada para certificar ingresos

Los usuarios con ingresos inferiores a la suma de seis salarios mínimos podrán acceder al tope de incrementos completando una declaración jurada online todos los meses.

El formulario estará disponible del primero al 20 de cada mes en el sitio web de la Superintendencia de Servicios de Salud, para otorgar un margen de tiempo a las empresas para su facturación.

Una vez completado, el valor segmentado se reflejará en la factura de la prepaga del mes siguiente a su realización.

Como primer paso, se deberá contar con clave fiscal nivel 3 o superior en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Si no se cuenta con la misma, se la puede tramitar a través de la aplicación para celulares “Mi AFIP”, la cual requerirá una fotografía del rostro a través de la cámara frontal para validar la identidad y otra del DNI tarjeta.

La clave fiscal también se puede obtener de manera presencial solicitando un turno de forma gratuita en las dependencias de la AFIP. Contando con la clave fiscal, se debe adherir el servicio “Mi SSSalud” a la misma.

Para este paso -el cual se debe repetir por única vez-, se debe ingresar al sitio web de la AFIP (auth.afip.gob.ar) con el CUIL y clave fiscal. Luego, en el área “Mis Servicios”, se debe buscar en el menú el recuadro denominado “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”.

En la siguiente página, se cliquea en “Adherir Servicio”. En el listado se debe buscar el botón con el nombre de la SSN, cliquear en el, luego en “servicios interactivos” y seleccionar “Mi SSSalud”. Una vez completado este paso, debe presionarse el botón “confirmar” para adherir el servicio.

Realizado este procedimiento, para completar la declaración jurada todos los meses es necesario ingresar al portal “Mi SSSalud” disponible en sssalud.gob.ar/misssalud.

Tras ello, hay que cliquear en “ingreso”, colocar el CUIL y Clave Fiscal, y, tras ingresar al portal, presionar el recuadro “Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas”.

En la siguiente pantalla, se debe cliquear en el botón “nueva declaración”.

En el formulario, primero se deberá hacer clic en “selección de entidad de medicina prepaga” pudiendo elegir en el desplegable la prepaga, o simplemente tipear el nombre o número de CUIT de la misma. Una vez seleccionada se debe cliquear “aceptar”.

Como último paso, se hace clic en “sí” en las dos casillas en las cuales se declara que se poseen ingresos menores a seis salarios mínimos y donde se autoriza a la SSS a validar los datos con otros organismos.

Una vez cliqueado “confirmar”, se deberá presionar “volver” y, finalmente, la página redirige a la pantalla inicial en la cual se enumeran cada una de las declaraciones juradas ingresadas con sus respectivas fechas de registro.