El Ministerio de Trabajo habilitó el trámite para homologar suspensiones del artículo 223 bis LCT según el acuerdo marco UIA-CGT vía TAD

El Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social habilitó el trámite para solicitar la homologación del acuerdo marco de suspensión de la prestación laboral, según lo establecido por el artículo 223 bis LCT.

Dicho trámite, se deberá iniciar mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD) en la siguiente dirección:

https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=5230

Resolución 397/2020, prorrogada por la resolución 475/20 de fecha 5 de junio de 2020, establece la posibilidad de adherir al Acuerdo firmado por la UIA y la CGT, respecto a la aplicación del artículo 223 bis de la LCT  ante las excepcionales circunstancias de emergencia y de aislamiento social dispuestas por el gobierno nacional y para aquellas actividades que no pueden ser desarrolladas y para el sostenimiento del trabajo.

Las presentaciones deberán adjuntar el listado de personal afectado, completar la nota de adhesión incluida en el presente trámite y la representación de la empresa.

Cómo se realiza el trámite

Se debe ingresar https://tramitesadistancia.gob.ar/ y buscar el trámite ADHESIÓN ACUERDO MARCO – Suspensión de la Prestación Laboral LCT – Prestaciones no Remunerativas;

El trámite nos pedirá completar los datos Adjuntar documentación:

Los datos solicitados son los Siguientes:

Una vez completado «Confirmar el Trámite»