Se dispone la baja de la alícuota a determinadas operaciones comprendidas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)” para las operaciones de importación (Ley 27.541 y Dec 99/2019 y modif ultm 377/2023 y reversión subas Dec 29/2023)
💰 Gravamen: Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)
🌐 Sujetos: importadores
💵 Operaciones: compra de billetes y divisas en moneda extranjera
SERVICIOS. PRESTADORES. ALÍCUOTAS
🚢 ✈ No residentes o en el Exterior (Fletes y transporte): 7,5% (ant 17,5%)
BIENES. ALÍCUOTAS
📦 Todos: 7,5% (ant 17,5%)
❌ Excepción. Inaplicabilidad
1️⃣ Medicamentos, relacionados canasta básica de alimentos y generación de energía
2️⃣ Zonas Francas y Temporales (transformación posterior) sujeto a condiciones
OTROS SERVICIOS Y BIENES
🚫 Sin cambios: servicios en el exterior o por no residentes, determinadas mercaderías y Utilidades y dividendos.
📅 Vigencia: 02/09/2024
📅 Efectos: operaciones moneda extranjera desde 03/09/2024
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